Más pasos adelante en la lucha contra el fraude en Internet


La lucha sin cuartel contra el fraude en Internet sigue siendo uno de los puntos más calientes de la actualidad videográfica. Por un lado, el Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se crea una Comisión Interministerial de trabajo para el asesoramiento en la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual mediante páginas de Internet, con el objeto de que “se dedique de forma prioritaria al estudio relativo a las citadas vulneraciones”. Su enfoque estará centrado en “el análisis del marco normativo existente y en las actividades que permitan mejorar la acción judicial en vía civil y penal como principal medio para la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual”. Lo que es importante es que los ministerios que componen la Comisión elevarán conjuntamente al Consejo de Ministros las propuestas que correspondan, de acuerdo con las primeras conclusiones de la Comisión, antes del día 31 de diciembre de 2009.

Además, la FAP se congratula de dos nuevas decisiones judiciales de peso para el sector: La primera es una sentencia firme que condena a ALH y sus padres a pagar 2.190 Euros a ADESE y ADIVAN, todo ello como compensación por los daños ocasionados por un delito de defraudación de la propiedad intelectual cometido por ALH, menor de edad, quien no puede ser condenado por esta circunstancia pero sí obligado a través de sus padres a satisfacer la indemnización correspondiente.

La segunda es un nuevo Auto, también firme, dictado por la Audiencia Provincial de Álava en un litigio contra la página de descargas “E-mule” Infector, y por el que se ratifica la apertura de Juicio oral.

Como el mismo Auto recoge, la incoación del Procedimiento Abreviado supone no sólo “la clausura de la fase de instrucción por considerar que se han practicado todas las diligencias de investigación tendentes al esclarecimiento de los hechos denunciados”... sino que tras una primera valoración de esas diligencias, “ se ha evidenciado la posible comisión de un hecho delictivo por el imputado”. Es decir, que el Juzgado de Instrucción - y la Audiencia Provincial con él- consideran que la puesta a disposición de obras protegidas a través de una página de enlaces puede ser constitutiva de delito. “En definitiva -dice José Manuel Tourné, de FAP-, dos nuevos pasos adelante que se suman al Auto de Murcia y a la condena de Logroño”..